miércoles, 29 de octubre de 2008

Artículo Introductorio

¿Qué son las adecuaciones curriculares? Según el documento LAS ADECUACIONES CURRICULARES, Capítulo 4, se definen así: “Las adecuaciones curriculares se pueden definir como la respuesta específica y adaptada a las necesidades educativas especiales de un alumno o alumna que no quedan cubiertas por el currículo común. Constituyen lo que podría llamarse propuesta curricular individualizada, y su objetivo debe ser tratar de garantizar que se dé respuesta a las necesidades educativas que el alumno no comparte con su grupo”.

Al hablar de sordoceguera, se debe tener en cuenta que una persona sordociega es aquella que posee impedimentos visuales y auditivos, y que esta doble pérdida sensorial en los dos sentidos más importantes en un individuo, conlleva a graves dificultades del aprendizaje y de las conductas de los afectados. Así, la Constitución Política de 1991 reconoce que las personas con limitaciones sensoriales tienen los mismos derechos que cualquier otro ciudadano sin impedimentos o limitaciones y el artículo 47, establece que “El estado adelantará una política de previsión, rehabilitación e integración social para los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a quienes se le prestará atención especializada que requieran”.

Por otra parte, el Estado ha otorgado a la Educación el papel de impulsar el reconocimiento de la diversidad en diferentes escenarios de la vida social, al igual que el respeto por la diferencia, con el fin de crear una sociedad más equitativa y solidaria, mediante una educación humanizante basada en los siguientes principios: respeto, conocimiento y reconocimiento de los demás.

De esta manera, el Ministerio de Educación Nacional junto a algunas instituciones adscritas, se han dedicado a desarrollar medios alternativos, estrategias y herramientas significativas que les permitan a todos los ciudadanos acceder a una educación equitativa y de calidad. En este sentido, se abre la posibilidad de hacer parte de los procesos educativos del país a la población con limitación auditiva, en donde puedan aprender y desarrollar competencias para desenvolverse en la vida diaria.

Antes de implementar Adecuaciones Curriculares para la población sordociega, es necesario saber que su mayor necesidad es la Comunicación y el acceso a la información que los rodea. Esta necesidad se convierte en el punto de partida de la atención ofrecida tanto por los profesionales como por su grupo familiar y es la base para poder diseñar un currículo de atención funcional realmente adecuado, acorde a sus necesidades y dirigido a promover su independencia y superación personal en diferentes campos. El MEN manifiesta que no solo se trata de “integrar al estudiante con sordoceguera”, sino que él debe estar “integrado internamente”. Es decir, la persona sordociega debe haber logrado un aprendizaje previo con el cual haya podido desarrollar su propia personalidad y ser consciente de las ventajas o beneficios al ser parte de un escenario de integración social. Igualmente, se requiere que el estudiante domine un lenguaje y algunos conceptos para poder interactuar de manera significativa.

Además, el MEN estipula que debe hacerse un diagnóstico previo para valorar las habilidades y destrezas de los estudiantes sordociegos y que permita conocer el punto de partida para determinar sus verdaderas necesidades educativas; es decir si aplica a una educación formal o no formal acorde a lo que él requiera.

Según el documento Orientaciones pedagógicas para la atención educativa de estudiantes sordociegos “El objetivo básico de la educación de las personas con sordoceguera, es crear condiciones viables para que ellas se desenvuelvan y vivan en sus ambientes escogidos, logrando un desarrollo autónomo, independiente y desarrollando posibilidades para tomar parte activa en la vida social de la comunidad en la que se desenvuelven”. Igualmente, según el MEN, los lineamientos a seguir para atender a esta población en una institución educativa se deben implementar teniendo en cuenta el grado de pérdida sensorial.

Algunos ejemplos son:

- Para los que presentan Hipoacusia y Ceguera, se recomienda una Educación Formal, adecuaciones curriculares, adaptación de audífonos, entrenamiento auditivo, entrenamiento en la movilidad y orientación a través de la educación física y el uso del sistema Braille para el aprendizaje de la lectura.

- Sordera Profunda y Baja Visión: institución Bilingüe o aula para sordos, adecuaciones curriculares para visión (iluminación, contraste, ayudas ópticas, etc.), el canal de acceso al currículo es la Lengua de Señas Colombianas en preescolar y primaria y en secundaria, un intérprete en Lengua de Señas.



- Dependiendo si es un Sordociego Presimbólico (nació sordociego o quedó así antes de desarrollar un proceso lingüístico), la propuesta educativa es la siguiente: Atención educativa en educación no formal, establecer sistemas de comunicación aumentativa y alternativa, instaurar dispositivos básicos de aprendizaje, adquirir habilidades de la vida diaria, erradicación de conductas disruptivas, trastorno de sueño y alimenticios (nutrición) y movilidad independiente.


- Sordociego Simbólico: pudo desarrollar el lenguaje y así trabajar con signos, esto le facilita aprender mejor sistemas de comunicación como la Lengua de Señas, Braille, comunicación total y sistemas de comunicación asistida. Requiere un guía intérprete.


- Los tipos de Adecuaciones para trabajar con la población sordociega son las siguientes: curriculares, de acceso, de contexto y de comunicación (ver matriz para mayor información).

Resumen Analítico: Danellis Rodríguez

Resumen analítico sobre la política de atención a la Diversidad en nuestro país

La atención a la diversidad como proceso obligatorio de los sistemas educativos en los países comenzó a ventilarse con los lineamientos establecidos en el documento Declaración de Salamanca y Marco de Acción para las Necesidades Educativas Especiales, el cual fue el resultado de una conferencia sobre NEE en España, durante el año 1994. Esta declaración enfatiza en el hecho de reconocer que, de acuerdo a los Derechos Humanos, todas las personas tienen el derecho a la Educación, y que este debe salvaguardarse sobretodo para una población tan vulnerable como aquellos que tienen NEE, pues son un grupo marginado por los sistemas educativos. Igualmente, cabe mencionar que, el principio rector del Marco de Acción de esta declaración es que las escuelas deben recibir a TODOS LOS NIÑOS, sin importar su condición física, lingüística, intelectual, social, etc. Es decir, se apoya claramente el sueño de lograr una “Educación para todos” en espacios abiertos a la Integración; lo cual fue en un principio el mayor objetivo a lograr para esta declaración. Pero, durante todos estos años, se ha venido trabajando no solo para alcanzar la Integración, sino para trascenderla para alcanzan un principio más grande: la Inclusión en los sistemas educativos de la población con NEE en todos los países.

En nuestro país, la Presidencia de la República publicó el Decreto 2082 de 1996, en el cual se reglamentó la atención educativa para personas con limitaciones o con capacidades o talentos excepcionales; determinando que la educación de las poblaciones con NEE hace parte del servicio público educativo y corresponde atenderla de acuerdo con la ley 115 de 1994 entre otras. Además, establece que la educación tendría un carácter formal, no formal e informal, fundamentada en los siguientes principios: Integración social y educativa, Desarrollo Humano, Oportunidad y Equilibrio y Soporte Específico. Por otra parte, otro de los esfuerzos por atender a dichas poblaciones se evidencia con la Resolución 2565 del 2003, la cual sirvió para establecer los parámetros y criterios para la prestación del servicio educativo de la población con NEE.

Según el documento Educación para todos (http://www.mineducacion.gov.co/1621/article-141881.html) la política de Revolución Educativa de nuestro país ha enfatizado en promover el mejoramiento de la educación brindada a la población con NEE y en darle prioridad a este grupo tan vulnerable. Para el MEN es importante la atención educativa que se les proporciona, pues es mediante la formación con lo cual se hará posible lograr en ellos un factor de desarrollo, un desempeño productivo, autonomía y fortalecimiento de sus conductas y relaciones sociales; logrando así muchos beneficios tanto para ellos, sus familias y las comunidades donde habitan.

Durante mucho tiempo, se ha mantenido la errónea creencia de que estas poblaciones no tienen las capacidades para aprender por sus limitaciones, pero, con la Revolución Educativa de nuestro país, se han logrado muchísimos avances que derrumban estas falsas percepciones. No se trata de algo sencillo, pero sí de algo realizable. Por lo tanto, somos nosotros, tanto las escuelas como la sociedad quienes debemos hacer el esfuerzo de adaptarnos a sus necesidades, al ser ellos una población minoritaria, creando nuevos espacios y actitudes de aceptación para apoyarlos en sus procesos educativos y sociales en la inclusión escolar. Así, para que una escuela sea de verdad inclusiva debe empezar por transformarse tanto física como culturalmente; teniendo en cuenta que las acciones de sus Planes de mejoramiento Institucional (PMI), deben estar orientados a una atención integral.

Para apoyar esta idea, se sigue lo que se define en El documento Educación para todos: “…Así pues, la política de inclusión de la población con discapacidad busca transformar la gestión escolar para garantizar educación pertinente a estudiantes que presentan discapacidad cognitiva, síndrome de Down y otros retardos como autismo, limitación auditiva por sordera o por baja audición, limitación visual por ceguera o por baja visión, discapacidad motora por parálisis cerebral u otra lesión neuromuscular y discapacidades múltiples, como ocurre con los sordo-ciegos.”

Por otra parte, ha sido muy difícil, en nuestro país, pasar de la Integración a la Inclusión educativa y en muchas regiones se ha terminado cayendo incluso en la segregación y el aislamiento de la población con NEE, atendidas en un proceso educativo. La Inclusión aborda una visión más amplia que la Integración: se trata de que las escuelas garanticen unos apoyos adicionales demandados por la estas poblaciones, por ejemplo: desarrollando Adecuaciones Curriculares pertinentes, adecuadas y eficaces en la infraestructura, los materiales, los espacios, los contenidos, etc. Es decir, la Inclusión es: atención con calidad, pertinencia y equidad de las necesidades específicas y comunes de estas poblaciones y parte de la premisa de que todos pueden aprender; de acuerdo a las condiciones y las experiencias significativas que les proporcione su contexto educativo. Igualmente, la Política de Educación Inclusiva para atender a la diversidad en nuestro país los pretende incluir durante todo el ciclo educativo, partiendo desde la educación inicial hasta la superior.

Uno de los objetivos más grandes de la política de Educación Inclusiva es ampliar la cobertura de atención a nivel nacional; por medio de las entidades territoriales certificadas, quienes se supone que deben tener un control mediante un diagnóstico de la demanda en cada municipio o ciudad.

Sin embargo, a pesar de todos los lineamientos, normas o políticas de atención obligatorias para atender a las poblaciones con NEE en nuestro país, la realidad observada durante el desarrollo de la asignatura NEE, nos demuestra que al panorama de la Inclusión en los sistemas educativos del país le falta aún mucho camino por recorrer. En muchos casos, algunas instituciones ya han iniciado por lo menos un proceso de Integración, pero a la larga termina convirtiéndose en una educación segregacionista y exclusiva. Otras ni siquiera se han preocupado por iniciar este proceso. Es decir que, a este paso, la atención a la diversidad por medio de las políticas de educación inclusiva seguirá siendo un proceso lento y requiere de mucho trabajo de concientización, pero aún así considero que es realizable el objetivo de permitir una Educación para todos.

Bibliografía:

http://www.mineducacion.gov.co/1621/article-141881.html
Resolución Número 2565 de 2003
Decreto 2082 de 1996

Resumen Analítico: Junell Araújo

La inclusión es un tema que ha tomado auge en los últimos tiempos; pues hablar de integrar como se hacía anteriormente es sin duda muy diferente a incluir, demanda de ciertas diferencias que lógicamente favorecen a todos aquellos que por muchos tiempos habían sido marginados, segregados y hasta rechazados por padecer algún tipo de discapacidad física, mental, psicológica, o talento excepcional.

De hecho la política educativa en el marco de la atención a población vulnerable, da prioridad a la inclusión de este grupo de personas, pues se reconoce el hecho de que "si formamos a estas poblaciones que anteriormente estaban marginadas de la educación, le apostamos a que se vuelvan productivas, sean autónomas y fortalezcan relaciones sociales; así, la educación se convierte en un factor de desarrollo para sí mismas, para sus familias y para los municipios en donde viven”, (Cedeño, Fulvia)



Por tanto se entiende que es un deber de las instituciones Educativas, realizar las respectivas modificaciones y adecuaciones que se requieran, para así satisfacer todas y cada una de las necesidades que demandan la atención a esta población. Por tanto el verdadero inconveniente no está en el planteamiento de los lineamientos, pues estos ya están dados, sino más bien en el cumplimiento de los mismos por parte de cada una de las entidades que dicen ir en busca de la “educación para todos”.


Entre otras cosas, la ley plantea con el decreto 2082 de 1996 que todas las personas sin importar su condición tienen derecho a la educación pública ya sea de carácter formal, no formal e informal, para así ayudarlos a la adquisición de competencias básicas que les sirvan en el desarrollo de una vida normal con oportunidades sociales y laborales, como cualquier otro.

A su vez la secretaria de educación tiene la obligación brindar el apoyo pertinente a las escuelas que así lo necesite, en cuanto a asesoría y ubicación de la población de acuerdo a su discapacidad, y así mismo los colegios deben flexibilizar su currículo para ayudar a que la obtención de los logros sea más efectiva; eso sí deben estar dotados de Personal especializado, recursos didácticos, materiales…etc. para complementar los procesos. Pero qué difícil es observar esto bien plasmado y determinado como ley, pero en cuanto a la tan lejano de la realidad que es observada en muchos contextos regulares, por lo que además, se hace necesario promover en las instituciones nuevas formas de relación entre los compañeros y concientización de docentes, con el fin de lograr la aceptación de las diferencias y el apoyo de los mismos, Garantizando así una verdadera Inclusión y por ende mejor calidad de vida.

Resumen Analítico: Eve Calvo


La escuela es el lugar donde se generan los hechos educativos, donde se realiza de forma practica la educación vista así legalmente, por lo cual debe manifestar unas evidencias educativas y sociales. Parece indiscutible que debe disponer de un margen de autonomía de gobierno, de organización y de diseño curricular que le permita adecuar su actuar de una forma coherente con aquellas cosas que le ofrece a su alumnado; por lo anterior, la educación atenderá a la diversidad y por lo tanto será capaz de alcanzar la calidad educativa que la sociedad reclama.


La calidad de la educación debe ser para todos los estudiantes la mejor, independientemente de sus condiciones y circunstancias, la justicia debe responder por la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no discriminación y así actuar como elemento reparador de las diferencias personales, culturales, económicas y sociales, con especial vigilancia a las que procedan de discapacidad. La educación no sólo debe darse en el escenario de un salón de clases en el cual se genera una actividad de enseñanza- aprendizaje sino que también es la igualdad de trato y no discriminación de las personas con discapacidad.


En nuestro país, las políticas de atención a la diversidad puede decirse que se encuentran contenidas solo en un papel, aunque muchas de estas políticas apuntan a lo se mencionó en los primeros párrafos, numerosas de estas no son ejercidas por parte de las instituciones educativas. Sin embargo, anteriormente era mucho más preocupante la situación, pero hoy en día, algunos colegios ya están implementando dichas políticas, es por esto que vemos como algunas de las escuelas de nuestro país, apuntan a una educación inclusiva que permita atender a todas las personas sin importar sus condición de discapacidad.

Resumen Analítico: Hellen Albor

Resumen analítico de la política de atención a la diversidad en nuestro país.

El concepto de necesidades educativas especiales hace referencia a aquellos estudiantes que presentan dificultades mayores que los demás, para acceder a los aprendizajes que van de acuerdo a la edad, o que presentan disconformidades con relación al currículo por diferentes causas.

En este sentido, la educación de las personas con Necesidades Educativas Especiales, según lo planteado en la resolución 2565 y en el decreto 2082 por el MEN (Ministerio de Educación Nacional), se dará por medio de un proceso de formación en donde las instituciones educativas puedan satisfacer las necesidades educativas de cada estudiante y para ello, deberán hacer uso de estrategias pedagógicas, del tiempo estipulado para las actividades lúdicas, apoyos didácticos, etc.; con el fin de responder a dichas necesidades. Asimismo, la atención a estas personas se basa en principios como: Integración Social y Educativa, que consiste en incorporarlos al sistema educativo del país pero proporcionándoles los apoyos especiales que requieren para su desempeño en la sociedad. El Desarrollo Humano, porque las personas con limitaciones o talentos excepcionales deben desarrollar sus potencialidades, habilidades, destrezas, intereses que le permitan conseguir el logro de valores humanos, intelectuales, éticos, entre otros. Oportunidad y Equilibrio, porque se debe organizar el sistema educativo para que estas personas tengan un fácil acceso a todo lo que tienen a su alrededor. Y Soporte Específico, porque deben recibir la ayuda especializada que necesitan en cualquier circunstancia de adversidad.

Es por esto, que los docentes y administrativos deben realizar acciones pedagógicas encaminadas al proceso de inclusión de tipo académico y social de las personas con discapacidades o talentos excepcionales.

En cuanto a las orientaciones curriculares especiales, los establecimientos educativos deberán tener presente los parámetros que se plantean en dicho decreto y resolución, con el fin de poder adecuar a estas personas en un contexto inclusivo que tenga en cuenta sus necesidades educativas especiales. En este sentido, el proyecto educativo institucional (PEI) cumple una función importante ya que en él, se detallarán las adecuaciones curriculares, pedagógicas, tecnológicas, de materiales educativos, y en general de accesibilidad para que se desarrollen integralmente como está dispuesto en la Ley 115 de 1994.

Por otro lado, para atender mejor a los educandos con limitaciones o talentos excepcionales, se debe hacer uso de las aulas de apoyo especializadas que son el conjunto de servicios, estrategias y recursos que ofrecen las instituciones educativas con el fin de permitir el desarrollo integral de esta población. Además, contarán con un equipo adicional conformado por docentes, padres de familia y otros miembros de la comunidad educativa que estén dispuestos a colaborar durante el proceso de atención a estos educandos.

De esta manera, los docentes o equipos de apoyos que atenderán a la población con necesidades educativas especiales, deberán acreditar capacitación o experiencia mínima de dos años en la atención a esta población, ya que sus funciones tendrán gran importancia porque están encaminadas a Promover la integración académica y social de los estudiantes con necesidades educativas especiales a la educación formal, Participar en el desarrollo de actividades relacionadas con el registro, caracterización y evaluación psicopedagógica de la población, Brindar asesoría y establecer canales de comunicación permanente con los docentes de los diferentes niveles y grados de educación formal, Participar en las comisiones o comités de formación, evaluación y promoción, Preparar, coordinar, prestar y evaluar el servicio de interpretación de lengua de señas colombiana, para el caso de los intérpretes, etc.

Para finalizar, es importante decir que los establecimientos educativos, tienen un reto muy gran a la hora de atender a un educando con necesidades educativas especiales, ya que según lo mencionado en la ley, estos deben recibir la atención educativa que necesitan para desarrollarse integralmente en un contexto ameno, participativo y motivador que permita la inclusión.

Debemos luchar para que a los educandos con necesidades educativas especiales se les trate como personas normales , sean tenidos en cuenta y den respuesta a sus necesidades.

Referencias bibliográficas:

Decreto 2082 de 1996
Resolución 2565